Las arras

Las arras son un concepto de esos de los que el ciudadano medio no conoce hasta que celebra su boda o formaliza un contrato de compra de vivienda en propiedad, siendo en el primer caso un acto puramente simbólico y en el segundo una garantía importante de cumplimiento contractual.

En esencia, las arras no son más que una cantidad de dinero entregada a un vendedor como garantía de que la operación de venta se cerrará en un plazo determinado y previamente fijado por ambas partes. No se utiliza exclusivamente en los contratos de compra-venta inmobiliaria, pero al tratarse de los contratos más extendidos entre la población media sí que han pasado a ser identificadas con ellos.

Sin embargo, no todas las arras son iguales y hay que asegurarse del tipo de arras que se aplican en cada contrato en particular para luego no llevarse sorpresas de última hora que puedan ocasionar un daño económico y financiero de consecuencias graves.

Por un lado están las arras confirmatorias, que funcionarían como una señal, y por otro estarían las arras penitenciarias, siendo la posibilidad de retractación la principal diferencia entre ambas.

Así, en las primeras, en las arras confirmatorias o señal, no existe posibilidad de retractarse del contrato para ninguna de las dos partes, por lo que se la operación se tiene que confirmar una vez llegado el plazo previamente fijado sin otro tipo de alternativa.

Mientras que las segundas, las arras penitenciales sí ofrecen la posibilidad de echarse atrás en la formalización final del contrato, por lo que son las más habituales en los contratos de compra-venta inmobiliaria facilitando así la flexibilidad en una compra tan importante.

En el caso de que el comprador sea el que se echa para atrás en las arras penitenciales perdería la cantidad aportada en modalidad de arras, mientras que si es el vendedor el que cambia de idea debe de abonar al comprador el doble de la cantidad recibida en forma de arras penitenciales.

En definitiva, se trata de una diferencia lo suficientemente importante como para prestar atención al articulado del contrato, leyendo encarecidamente lo relacionado con este concepto.

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