Lotería de Navidad como inversión acertada

Queridos lectores, a falta de unos días para el deseado 22 de diciembre de 2011, fecha señalada para la celebración del famoso Sorteo de Navidad la publicidad de la Lotería Nacional invade las ciudades y hasta los pueblos más apartados y de escasa población.

El fenómeno de masas se repite desde hace muchos años, pero tiene mayor repercusión – todavía si cabe – en momentos de grave crisis económica y con una excesiva cantidad de ciudadanos en situación de paro, como ocurre en el país este año. Por todo ello, hoy para nuestros “pequeños y medianos inversores”, vamos a realizar un análisis de la parte económico-dineraria que se puede ver afectada en caso de ser “bendecidos por la diosa fortuna”, le hemos denominado: “Loteria de Navidad como inversión acertada”.

Las fechas cercanas de las primeras semanas del mes de diciembre ya preparan el terreno con el macro puente para que el “futuro inversor en lotería” vaya definiendo su estrategia compradora con pensamientos como: “Compro dos décimos o… cinco y lo reparto entre la familia”, “Este lo llevaré a medias”, “Puedo aprovechar este viaje para comprar lotería fuera de mi tierra” etc.

Una vez de vacaciones, con la paga extra en el bolsillo y observando las luces de navidad, se realiza la compra de los números deseados, entonces, el apostante puede plantearse varias dudas sobre cómo puede afectar a su economía y fiscalidad el conseguir un maravilloso premio de importancia de los llamados “grandes” o “gordos”.

Llegado a este feliz momento de gloria monetaria, “el inversor en loterías” debe saber varias cosas sobre cómo le va a tratar el fisco español con respecto al capital ganado en el citado sorteo navideño. Veamos las siguientes informaciones:

  1. La Hacienda Española deja exento de pagar impuestos el dinero ganado en los sorteos de Lotería Nacional, para todos los poseedores de números premiados y evidentemente cobrados en ventanilla o ingresados en alguna entidad bancaria.
  2. La exención del pago de impuestos por los premios recibidos, no es solo para un año, sino que no tiene plazo definido como erróneamente piensa muchas veces “la creencia popular”.
  3. El dinero ganado por el agraciado en el sorteo no incrementa la cantidad a pagar en la Declaración de Hacienda del año siguiente.
  4. El dinero recibido e ingresado en alguna entidad financiera empezará a rendir cuentas vía IRPF con Hacienda, en el momento que genere beneficios, ya sea en calidad de intereses, plusvalías, dividendos o cualquier pago en especie que sea fruto de una inversión o depósito.
  5. Tampoco están sujetos a pago tributario los premios recibidos por sorteos de otras organizaciones como son: La ONCE, Cruz Roja y todos los regentados por la ONLAE (Organización Nacional de Loterías del Estado).
  6. No se deben confundir estas exenciones fiscales con los premios recibidos en concursos televisivos, rifas, sorteos de entidades deportivas, educativas o cualquier entidad o particular que organice algún tipo de sorteo del que podamos salir beneficiado. Estos premios si deberán pasar por “Caja”.

COMENTARIOS Y CONSEJOS:

La vida está llena de miles de anécdotas con referencia a los resultados finales de distintos sorteos y sus implicaciones e incluso perjuicios sufridos por los que en un momento determinado fueron “felices afortunados”.

Existen casos donde un ciudadano tras ganar un gran premio en un sorteo televisivo descubrió con sorpresa que Hacienda se quedaba con más del 40% por ser el premio de una cantidad a la que le afectaba el tipo marginal máximo.
A veces algún premiado en el sorteo de un apartamento en primera línea de una maravillosa playa mediterránea ha tenido que “malvenderlo” para poder pagar las cargas tributarias que conllevaba dicho inmueble, y así se repiten casos con vehículos, barcos, viajes paradisiacos etc.

La “Lotería de Navidad como inversión acertada”, refleja solamente la seguridad y confianza por parte del apostante, pero nunca se debe tomar el sorteo como la forma rápida de salir de un problema económico mediante la compra compulsiva de series de números, lo que ha llevado a muchas personas a caer en ludopatías, con graves repercusiones en su ámbito laboral y familiar.
La adicción a los juegos de azar puede llevar a la ruina, a infringir la ley, a la violencia e incluso mediante la destrucción personal, en casos extremos, al suicidio.
Así mismo, se deben evitar las tentaciones de “revender los décimos” a personas que lo quieran utilizar para el blanqueo de dinero, por las complicaciones legales que puede acarrear para el premiado.

Para finalizar este recorrido pre-navideño debemos recordar un caso muy actual donde un señor ganador del Primer Premio del Sorteo Extraordinario de Lotería de Navidad de 2006, finalmente va a cobrar su premio de 300.000 euros tras tener que recurrir ante el tribunal de la Audiencia Nacional por el extravío de un décimo premiado.

¡¡¡ Eso es lo que se llama hacer una inversión… a largo plazo !!!

(Ver artículos¿Qué hacemos ahorrar o invertir?y “A la caza de los ricos”).


La frase elegida para este artículo dice así: «La vida es un juego del que nadie puede retirarse llevándose sus ganancias», Emile Herzog .
Nosotros en Consejos de Bolsa, seguiremos la actualidad económico-financiera para información de lectores como usted. Esto será otro día.

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