Seguros de transacciones, no de bienes

Comúnmente se escucha hablar de seguros de automóvil, de seguros de hogar, de seguros médicos o de seguros de mil y una cosas, pero muy pocas veces se escucha hablar de seguros de transacciones, ¿a qué nos referimos?

Por seguro de transacciones el que firma se refiere básicamente a aquellos seguros destinados en lugar de cubrir un bien como sucede de forma habitual, cubrir una transacción entre dos partes. Veámoslo.

Este tipo de seguros más vinculados al ámbito empresarial que al personal, puede que no sean del interés de muchos de quienes lo lean en su ámbito personal, pero de buen seguro que pueden serlo en el ámbito profesional. Y como veremos, también tiene importantes ramificaciones e influencia en aquellos a los que a priori se ha dicho que puede no interesar tanto, a los seguros personales.

Por seguros que garantizan las transacciones en lugar de bienes en sí mismo por ejemplo nos encontramos a los líderes por antonomasia que cubren y aseguran las transacciones comerciales realizadas entre empresas de distintos países. Pero si lo hacemos más cercano y personal por ejemplo encontramos ejemplos más simples en el seguro de transacción que cubre y garantiza el envío de una determinada mercancía o bien entre las partes, por ejemplo en el caso de particulares que se envían una carta a través del servicio postal.

En estos casos, no es tanto que no estemos asegurando un bien en sí mismo (pues lógicamente si que la carta enviada o el bien enviado tiene un valor), sino que desligamos el valor del seguro al valor real (a no ser que hagamos valor específico y declarado de un determinado bien) de lo enviado. Así, lo que garantizamos es que el envío (la transacción) se lleve a cabo, percibiendo una cantidad económica (a priori independiente del bien) en caso de que dicha transacción no llegue a realizarse.

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